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La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), dentro de las propuestas discutidas en la décima sesión, celebrada el jueves 26 de junio, aprobó modificar el artículo 101 del Código Electoral, que se refiere a los estatutos de los partidos políticos.
El cambio propuesto contempla que se adicione en el numeral seis del artículo antes mencionado, un protocolo de violencia política y digital. Esto, dentro del estatuto de los partidos políticos.
De ser aprobado el proyecto de ley por la Asamblea Nacional, el numeral seis del artículo 101 quedará, dentro de la nueva norma electoral, de la siguiente manera:
“Las normas y procedimientos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres, según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 184 de 2020, lo que incluye un protocolo de violencia política y digital”.
Desde la novena sesión, la CNRE inició las discusiones del segundo bloque de las reformas electorales. En la siguiente sesión continuarán con este bloque, específicamente, discutiendo el Capítulo VIII del Código Electoral, sobre el Régimen de los Partidos Políticos Legalmente Reconocidos.
La Comisión Nacional de Reformas Electorales inició, en el mes de marzo de 2025, el proceso de análisis y modificaciones al Código Electoral, con el propósito de presentar, ante la Asamblea Nacional, un proyecto de Ley con mejoras y actualización del Código Electoral, de cara a la Elección General del 2029.