Hospitales y centros de atención al adulto mayor formarán parte de los centros de votación especial para la Elección General del 5 de mayo de 2024

El TE habilita 35 centros especiales a nivel nacional en hospitales y centros de atención al adulto mayor para ejercer el voto el día de los comicios generales del 5 de mayo de 2024.

El Tribunal Electoral (TE) pondrá a disposición de la ciudadanía, 35 centros de votación especial en todo el país, para que los pacientes que se encuentren internados en los hospitales y centros de atención al adulto mayor, así como los pacientes e internos que puedan movilizarse, los acompañantes de los pacientes menores de edad hospitalizados, un acompañante del paciente hospitalizado y el respectivo personal administrativo puedan ejercer su derecho al voto el día de los comicios generales el 5 de mayo de 2024.

Los electores que voten en estos centros especiales solamente lo podrán hacer para el cargo de presidente de la República.

Estos centros especiales de votación quedaron establecidos en el Boletín Electoral 5537-A, publicado el 26 de diciembre de 2023.

 ¿Cuáles son los sitios que califican como centros especiales para ejercer el sufragio? 

Se consideran como centros de votación especiales aquellos que tienen por lo menos cincuenta (50) electores.

En las mesas ubicadas en los centros especiales, la votación y escrutinio se regirán por las mismas reglas aplicables a las mesas de votación manual, que funcionarán en el resto del país el 5 de mayo de 2024.

¿Qué requisitos se recomiendan tener para ejercer el voto en estos centros especiales?

Los requisitos que debes mantener para poder votar en estos centros especiales son los siguientes:

  • Ser ciudadano panameño
  • Aparecer en el padrón electoral final
  • Presentar cédula de identidad personal
  • Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos

Los ciudadanos serán advertidos del riesgo de incurrir en el delito de votar dos veces, si luego de ejercer su derecho al sufragio en estos centros, deciden ir a votar en la mesa que les corresponde como electores, según lo estipula el artículo 377 del Decreto 29 del 30 de mayo de 2022.

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