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En la 21ª Sesión de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), se decidió posponer el debate sobre el artículo 204, que aborda el financiamiento electoral. Esta medida se aprobó a solicitud del Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales, con el fin de discutir este tema al final del proceso.
El magistrado presidente del Tribunal Electoral, Narciso Arellano, dio por concluida la sesión del 11 de septiembre de 2025, para preparar el inicio del Cuarto Bloque de discusiones que comenzará con el análisis del fuero electoral y postulaciones electorales.
El Código Electoral en su Capítulo III sobre fuero electoral laboral, dice en su artículo 315, que el fuero electoral es la garantía que tienen los candidatos y delegados electorales, para que no puedan ser despedidos, trasladados, suspendidos o desmejorados en sus condiciones laborales, sin autorización expresa y previa del Tribunal Electoral o de la jurisdicción laboral.
El artículo 316 del mismo Código, se refiere a la vigencia del fuero electoral. Cuando se trata de candidatos de partidos políticos establece que la vigencia será desde el momento en que quede en firme su postulación en el proceso electoral respectivo, hasta sesenta días después de la entrega de credenciales.
Para los candidatos de libre postulación la vigencia del fuero laboral regirá desde el momento en que quede ejecutoriada la resolución del Tribunal Electoral que les autoriza el inicio de la recolección de firmas, hasta que quede ejecutoriada la proclamación.
Para los delegados electorales la vigencia del fuero laboral empieza desde la apertura del proceso electoral respectivo hasta quince días después de la ejecutoria de la última proclamación.
En el Código Electoral, el tema del fuero electoral se aborda en el Título VI, el cual comprende el fuero electoral penal y el fuero electoral laboral, en el Capítulo II y Capítulo III, respectivamente.
El primer vicepresidente del Tribunal Electoral, Luis Guerra, declaró en una entrevista recientemente su opinión en este sentido. Para Guerra, el fuero penal electoral se debería limitar a los periodos de campaña y debería estar vigente solo en el periodo en que el candidato esté en firme, o sea que, sería por unos seis o siete meses. Según su criterio, los presidentes o secretarios de los partidos políticos no deberían contar con ese fuero.
Las reuniones de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) se realizan todos los jueves a las 4:00 de la tarde, en la sede principal del Tribunal Electoral en Ancón.
Puede acceder a la grabación completa de la 21ª CNRE en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=7hA2gWO4Mc4