Trámite de cédula adelantada para jóvenes garantiza el derecho ciudadano a poder votar
El trámite para que los jóvenes, que cumplen sus 18 años de edad desde el 1 de enero hasta el 5 de mayo de 2024, puedan solicitar su cédula de manera adelantada está contemplado en la norma electoral.
El Decreto Reglamentario para la Elección General del 5 de mayo de 2024, en su artículo 63, establece que el Padrón Electoral “incluirá a los menores de edad que cumplan 18 años hasta el 5 de mayo de 2024…”.
El periodo para llevar a cabo el proceso mencionado está descrito en el Decreto n.° 64 del 2 de diciembre de 22, que modifica el Decreto n.° 29 del 30 de mayo de 2022. Aquí, se determina que los menores que cumplan su mayoría de edad hasta el 5 de mayo de 2024 pueden realizar, entre el martes 1 de agosto hasta el sábado 30 de diciembre de 2023, el trámite de su cédula para ser incluidos en el Padrón Electoral Final.
Gilberto Estrada, director nacional de Cedulación del Tribunal Electoral (TE), indicó que “nuestras regionales estarán visitando las escuelas que tengan su duodécimo grado y ahí obtendrán la data biométrica de estos jóvenes”, haciendo la salvedad de que “no se les entregará ni la solicitud de la cédula, ni el documento de identidad personal, hasta que cumplan la mayoría de edad”.
Es importante destacar que los menores de edad que sean incluidos en el Padrón Electoral Preliminar, pero no tramiten su documento de identidad personal en los tiempos antes señalados, serán excluidos del Padrón Electoral Final, como también lo tipifica el Decreto n.° 64.