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Las reformas al Código Electoral han sido divididas en cinco bloques. Hasta el momento, se han discutido y analizado dos. Según el magistrado presidente del Tribunal Electoral, Narciso Arellano, esto representa un avance del 30%, considerando el progreso por bloques y no por artículos.
¿Qué temas se han discutido hasta ahora?
Los dos primeros bloques abordan normas generales del Código Electoral, tales como el voto adelantado y sus excepciones, incluyendo el voto de personas con discapacidad, privadas de libertad, internadas en centros hospitalarios o en hogares de cuidado de adultos mayores durante las elecciones.
También se ha debatido la figura del censo y el padrón electoral. Aunque no se aprobó en su totalidad, se lograron establecer definiciones claras sobre estos temas.
¿Cuál ha sido el tema más importante discutido hasta ahora?
Todos los temas tratados son relevantes, sin embargo, uno de los más sensibles ha sido el relativo a los partidos políticos. La propuesta de reforma plantea aumentar del 2% al 3% del padrón electoral el porcentaje de adherentes requerido para constituir o eliminar un partido político.
La Constitución establece un tope del 5 %. Aunque inicialmente se propuso ese porcentaje, luego de varias discusiones se aprobó el 3 %. Esta modificación generó opiniones divididas: algunos consideran que limita la creación de partidos y atenta contra la democracia; otros la respaldan como un filtro necesario frente a partidos que terminan desapareciendo.
¿Se eliminará el fuero electoral?
Existe una propuesta para reducir el término del fuero o incluso eliminarlo, pero se reconoce que es un tema complejo. “Es difícil que los candidatos acepten su eliminación”, señaló el magistrado Arellano. Aún debe discutirse a fondo.
¿Qué se ha aprobado sobre la revocatoria de mandato?
Se ha propuesto establecer una fianza para quien pretenda presentar una solicitud de revocatoria de mandato. Solo pueden presentarse revocatorias ante el Tribunal Electoral contra alcaldes, representantes y diputados. No se contempla revocatoria contra el presidente de la República, ya que esto requeriría una reforma constitucional. Actualmente, no es competencia del TE.
¿Dónde se presenta la solicitud de revocatoria?
Debe presentarse en la Dirección Regional del Tribunal Electoral correspondiente. Una vez recibida, el TE analiza si cumple con los requisitos y dicta una resolución. Esta puede ser apelada por los afectados. Si procede, se inicia el proceso de recolección de firmas, el cual dependerá de la circunscripción del candidato cuya revocatoria se solicita.
¿Dónde se recolectan las firmas?
Las firmas deben ser estampadas en las sedes del Tribunal Electoral o en sus oficinas regionales, dependiendo de la circunscripción.
El TE se vio obligado a restringir otras modalidades —como la recolección en el Centro de Atención al Usuario o por internet— debido a la poca efectividad de estas herramientas y los altos costos de actualización tecnológica. Asimismo, los libros móviles fueron descartados tras detectarse fraudes, lo que implicó la intervención de peritos para su verificación y representó un costo adicional para la institución.
¿Ya contamos con un nuevo Código Electoral?
Aún no. Las propuestas aprobadas por la Comisión de Reforma al Código Electoral deberán ser presentadas ante la Asamblea Nacional, que tiene la última palabra.
El Tribunal Electoral presenta sus propuestas conforme al reglamento interno, el cual establece que deben ser publicadas con al menos 48 horas de anticipación en la plataforma correspondiente.
La Comisión se reúne todos los jueves a las 4:00 p.m., en la sede principal del Tribunal Electoral.
Fuente: Declaraciones del magistrado presidente Narciso Arellano durante una entrevista publicada en La Prensa.