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Avances en la Reforma Electoral: Aprueban cambios en el Voto Adelantado y definen conceptos electorales

La cuarta sesión de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) cerró, el jueves 10 de abril, con la aprobación de la incorporación de nuevos grupos ciudadanos a la lista de los que pueden tener acceso al voto adelantado y con la inclusión de un nuevo artículo al Código Electoral, en donde se definen conceptos como el de Registro Electoral y Padrón Electoral.

Específicamente se aprobó modificar el artículo 12, del Código Electoral, referente al voto adelantado, quedando de la siguiente manera:

Artículo 12. Podrán ejercer el sufragio mediante el voto adelantado, por Internet, y solo para el cargo de presidente y vicepresidente de la República:

1. Los ciudadanos que residan en el exterior.

2. Aquellos que prevean que estarán en el extranjero el día de la elección general o consultas populares.

3. Los que estén de servicio en la Fuerza Pública, en el Ministerio Público, en el Órgano Judicial, en el Sistema Nacional de Protección Civil, en el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, en el Sume 911, y en la Cruz Roja Panameña.

4. El personal médico y de enfermería.

5. Las personas con discapacidad, debidamente respaldadas por una certificación médica.

6. Los fotógrafos de prensa, los camarógrafos de televisión y los periodistas.

7. Los delegados electorales.

8. Los enlaces electorales de la Fiscalía General Electoral Los servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral.

Además, la CNRE incorporó el nuevo artículo 12-A, titulado «Censos, Registro Electoral y Padrón Electoral». Esta versión define de manera precisa los conceptos de Registro Electoral y Padrón Electoral, una medida clave para evitar confusiones y asegurar una comprensión uniforme de estos términos fundamentales en el contexto electoral.

El nuevo artículo en mención fue aprobado de la siguiente manera:

Capítulo IV

Censos, Registro Electoral y Padrón Electoral

Artículo 12-A (nuevo). Se entiende por Registro Electoral, el listado permanente de ciudadanos con derecho a ejercer el voto; y por Padrón Electoral, el listado de ciudadanos habilitados para ejercer su derecho al voto, en una determinada consulta popular, que se elabora sobre la base del Registro Electoral.

La aprobación de estos cambios destaca el compromiso de la CNRE con la mejora continua del sistema electoral panameño, adaptándolo a las necesidades y realidades actuales.

Si no sabes qué ha pasado en la sesiones anteriores, te recomendamos leer esta publicación:

Aquí puedes ver la transmisión completa de la cuarta sesión de la CNRE:

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