Esta modalidad del sufragio, que es solamente para el cargo de presidente y vicepresidente de la República de Panamá, es una facilidad para garantizar el voto de los electores panameños que residen en el extranjero y de los que trabajen o viajen el día de la Elección General, siempre y cuando estén comprendidos en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 del 30 de mayo de 2022.
⮚Trabajar o viajar el día de las elecciones generales no es una limitante para votar en la Elección General. Actualmente, la ley electoral brinda facilidades para que estos panameños puedan cumplir de manera adelantada, con su derecho al sufragio, pero solo para el cargo de presidente.
⮚Mediante el RERE y REVA se busca garantizar el sufragio de aquellos electores panameños comprendidos en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024. Estos ciudadanos solo podrán ejercer su derecho al voto para el cargo de presidente y vicepresidente de la República.
⮚Solo los ciudadanos panameños que se hayan inscrito en el RERE o REVA recibirán una comunicación que les permitirá acceder al módulo de votación, para poder ejercer el derecho al sufragio, digitalmente y con antelación, entre el 23 de abril y el 2 de mayo de 2023. Para ingresar, también se requiere de una validación biométrica del elector, utilizando biometría facial.
⮚ El voto adelantado por Internet es una opción para garantizar el sufragio de electores panameños que residen en el extranjero y de los que trabajen o viajen el día de la Elección General.
⮚ Para poder votar mediante este sistema, las personas con discapacidad tienen hasta el 15 de diciembre de este año para registrarse en www.tribunalcontigo.com.
⮚ El registro para el voto adelantado es en línea, desde el 6 de abril hasta el 15 de diciembre de 2023. La votación será en el 2024, por espacio de una semana.