⮚Para ejercer el derecho al sufragio a través de estos dos mecanismos, que están reglamentados en la ley electoral, se emplea el uso de la tecnología. Descubre a continuación la finalidad de cada uno.
Esta modalidad del sufragio, que es solamente para el cargo de presidente y vicepresidente de la República de Panamá, es una facilidad para garantizar el voto de los electores panameños que residen en el extranjero y de los que trabajen o viajen el día de la Elección General, siempre y cuando estén comprendidos en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 del 30 de mayo de 2022.
⮚Trabajar o viajar el día de las elecciones generales no es una limitante para votar en la Elección General. Actualmente, la ley electoral brinda facilidades para que estos panameños puedan cumplir de manera adelantada, con su derecho al sufragio, pero solo para el cargo de presidente.
⮚Mediante el RERE y REVA se busca garantizar el sufragio de aquellos electores panameños comprendidos en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024. Estos ciudadanos solo podrán ejercer su derecho al voto para el cargo de presidente y vicepresidente de la República.