TE anuncia cambios en normativa para entrega de fondos de financiamiento público poselectoral. Aquí te lo explicamos
El Tribunal Electoral (TE) ha reglamentado el artículo 217 del Código Electoral, que se refiere a la entrega de los fondos de financiamiento público poselectoral que le corresponda a cada funcionario electo por libre postulación. Así quedó plasmado en el Decreto n.° 40 del 26 de agosto de 2024.
¿Qué significa este cambio en la normativa? Que, a partir de ahora, los funcionarios electos por libre postulación deberán comunicar formalmente el monto que desean declinar, ya sea total o parcialmente.
Esta información permitirá al TE, a través de la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político, determinar el monto que se dividirá entre los trimestres correspondientes de las anualidades.
Los fondos que el funcionario electo decida declinar, conforme al artículo 217 del Código, serán transferidos a la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Senacyt). Este artículo también establece las pautas para el uso de este financiamiento y el destino de los fondos no utilizados.