¡Policías sí pueden votar! No es cierto que la profesión de un ciudadano panameño le impida ejercer su derecho al sufragio
Para que un ciudadano panameño pueda ejercer su derecho al voto, la norma electoral establece dos requisitos fundamentales: tener su cédula de identidad personal y estar inscrito en el Registro Electoral (para fines de la Elección General del 5 de mayo de 2024, debe aparecer en el Padrón Electoral Final).
La profesión de un ciudadano panameño, de acuerdo a la reglamentación electoral, no le impide ejercer el sufragio.
En el caso específico de esta publicación, que circula en la red social TikTok, es importante mencionar que los funcionarios de los estamentos de seguridad nacional que no puedan votar de manera presencial el 5 de mayo de 2024, tendrán la opción de hacerlo a través del Registro de Voto Adelantado (REVA), pero solo para el cargo de presidente, siempre y cuando se hayan inscrito previamente, entre el 6 de marzo de 2023 hasta el 15 de diciembre de 2023.
Conoce más detalles sobre el Voto adelantado por Internet
Según señala el calendario electoral, la votación adelantada por Internet se ejercerá desde la 00:01 horas del martes 23 de abril hasta las 11:59 p.m. del jueves 2 de mayo de 2024 (hora de Panamá).
¿Quiénes más podrán votar por adelantado?
Sharon de Domanoir, responsable de la Comisión de Voto Adelantado del Plan General de Elecciones (PLAGEL), explicó anteriormente a los medios de comunicación que el voto adelantado o REVA, como se le conoce, es también para funcionarios del Órgano Judicial, Ministerio Público, SINAPROC, Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja Nacional, bomberos, médicos, enfermeras, periodistas, camarógrafos y fotógrafos en ejercicio.
Además, están incluidos los funcionarios del Tribunal Electoral, la Fiscalía Electoral y el Cuerpo de Delegados Electorales.
Las personas con alguna condición de discapacidad, debidamente certificada, tendrán igualmente el derecho a votar por Internet, si se han inscrito previamente en el REVA.