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No existe ningún acuerdo en Panamá que permita a extranjeros menores de edad obtener cédula juvenil

Gilberto Estrada, magistrado suplente y Director Nacional de Cedulación del Tribunal Electoral, explicó que los extranjeros "no tienen derecho a cédula", ya que esta es una identificación exclusiva para los ciudadanos panameños. Lo que se expide para los extranjeros es un carnet de residente permanente, autorizado por una resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración, que les otorga este estatus migratorio.

No es cierto que en Panamá los niños y jóvenes extranjeros también puedan obtener la cédula juvenil, como se ha asegurado en distintas publicaciones que han circulado en redes sociales en los últimos días. 

Gilberto Estrada, magistrado suplente y director nacional de Cedulación del Tribunal Electoral (TE), confirmó a verificadocontigo.com que actualmente no existe ningún acuerdo que permita a los extranjeros obtener la cédula juvenil. Esta identificación es exclusiva para ciudadanos panameños, tal como lo establece la Ley 68 de 2015.

Lo que sí establece esta Ley, en su artículo 28, es que los menores pueden portar un carnet de residente permanente con las mismas características de la del mayor de edad, pero con la leyenda de menor de edad .

Documentos diferentes

Este documento (carnet de residnete permanente) es «totalmente diferente al modelo de la cedula juvenil que portan los nacionales», detalla Estrada.

«Este documento (carnet de residente permanente) es emitido por Cedulación y no por Registro Civil. Son iguales al carnet de residente permanente de mayor de edad, solo que con la leyenda de menor de edad y con los datos de sus padres y número de carnet de residente permanente de ambos», explica.

¿Quiénes son los extranjeros residentes permanentes?

Para obtener la condición de extranjero residente permanente, el individuo debe cumplir los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Migración (SNM). Una vez cumplan con todo lo establecido por la autoridad migratoria y se aprueba la solicitud, ellos  emiten una resolución que se envía al Tribunal Electoral (TE) para la asignación de su numeración y posterior expedición del documento llamado carnet de residente permanente «y no de cédula de extranjeros», afirmó el director de Cedulación.

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