No es cierto que el financiamiento público preelectoral se distribuya con base en la cantidad de adherentes que tiene cada partido político
La norma electoral establece, en el artículo 210, que se asignará a todos los partidos políticos que participarán en las elecciones, por conducto del Tribunal Electoral, el 93 % del monto total correspondiente al financiamiento público preelectoral, para utilizarlo en propaganda electoral y gastos de campaña.
De este porcentaje del financiamiento público preelectoral, se realiza un reparto fijo igualitario, asignando el 25 %, por partes iguales, a cada partido constituido.
Con el 75 % restante, se hace un reparto proporcional, distribuido entre los partidos, tomando en consideración el promedio de votos obtenidos por cada uno en las cuatro elecciones (presidente, diputados, alcaldes y representantes de corregimientos), en los últimos comicios, en este caso los del 2019.
Del total del financiamiento público preelectoral, el otro 7 % se les asignará a los candidatos por libre postulación, también, para ser invertido en propaganda electoral y gastos de campaña.
LEER TAMBIÉN: Capacitación a los tesoreros y contadores de campañas
El Boletín Electoral 5251-B del lunes 16 de enero de 2023, se da a conocer el cálculo y distribución del financiamiento público preelectoral de los partidos políticos constituidos, para la Elección General del 5 de mayo de 2024.
FUENTE: BOLETÍN ELECTORAL 5251-B (16 DE ENERO DE 2023).