Cuidado con querer generar zozobra en la población con temas tan sensitivos como la seguridad del proceso electoral y la ciudadanía
Según lo mandata la Ley, la Fuerza Pública de Panamá, a través de sus diferentes estamentos de seguridad, es la responsable de velar por la seguridad del país, cinco días antes de la Elección General y hasta la proclamación del presidente de la República.
El artículo 335 de Código Electoral establece que “el Órgano Ejecutivo pondrá a órdenes del Tribunal Electoral la Fuerza Pública para los fines exclusivos de garantizar la libertad, honradez y eficacia del sufragio popular”.
“Nuestro pueblo merece que nos ayuden a preservar nuestra democracia con transparencia, equidad y rendición de cuentas. Juntos sacaremos este proceso electoral”, sostuvo el magistrado presidente del Tribunal Electoral Alfredo Juncá Wendehake, durante la firma de tres convenios interinstitucionales entre la entidad electoral, la Policía Nacional, el Servicio Nacional de Fronteras (SENAFRONT) y el Servicio Nacional Aeronaval (SENAM).
Tareas como las de garantizar la seguridad en los centros de votación y sus inmediaciones, en las juntas de escrutinio, vigilar la logística de transporte de los materiales para los comicios y preservar el orden público y la integridad personal son los principales, son las que le corresponderá desarrollar a los estamentos de seguridad, para los comicios, de acuerdo con el convenio firmado.
El Ministerio de Seguridad, Juan Pino Forero, aseguró que la entidad a su cargo continuará manteniendo el orden, la democracia y la gobernabilidad, durante el periodo establecido por la Ley electoral, como lo han venido haciendo desde el año 1990.
Simultáneamente al trabajo que la Fuerza Pública desarrollará en la Elección General del 2024, de acuerdo con el Código Electoral, el Órgano Electoral continuará al mando de la Fuerza Pública para todo lo relativo a la defensa nacional, la conservación del orden público y la protección de la vida, honra y bienes de los nacionales y extranjeros que estén bajo su jurisdicción, sin que el cumplimiento de estas responsabilidades sea una excusa para interferir con la neutralidad político-partidista que debe mantener dicha Fuerza durante el proceso electoral.