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En Panamá, los partidos políticos realizan procesos o elecciones internas para la elección o renovación de sus autoridades o junta directiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 de la Constitución. Estos eventos son fiscalizados y financiados por el Tribunal Electoral (TE), como se establece en los artículos 348 y 349 del Código […]

A través de tribunalcontigo.com, los panameños podrán realizar, desde donde se encuentren, diligencias de Cedulación, Registro Civil y Organización Electoral, mediante cualquier dispositivo móvil o computadora con acceso a internet.

"La institución se ha ganado su credibilidad, nacional e internacional, durante tres décadas por organizar procesos electorales transparentes de manera imparcial, apegados a la ley y la Constitución, para garantizar la libertad, honradez y eficacia del sufragio popular".

⮚ Salvador Sánchez, director del INED, considera que “es un proyecto que genera mucha ilusión”, siendo “una experiencia original y nueva para Panamá” en aras de “incorporar a los más pequeños a la fiesta electoral”, quienes podrán elegir entre uno de cuatro valores “que se les plantea como objeto de discusión”.

Mediante un comunicado de prensa, el Pleno del TE expresó que confía en la sensatez del Órgano Ejecutivo a quien finalmente le corresponde sancionar esta ley.

⮚ En el Capítulo V, el CE se refiere a las limitaciones a los servidores públicos en materia electoral.

“Vamos a desarrollar qué significa cada valor y cómo los niños se identifican con ese valor”, explicó el magistrado segundo vicepresidente del Tribunal Electoral (TE), Luis A. Guerra Morales.

⮚ Para poder votar mediante este sistema, las personas con discapacidad tienen hasta el 15 de diciembre de este año para registrarse en www.tribunalcontigo.com.

⮚ “El voto adelantado consiste en el ejercicio del sufragio antes del día del evento electoral, a través de los mecanismos que reglamente el Tribunal Electoral, según su factibilidad técnica, y solo será para el cargo de presidente de la República”, señala el artículo 11 del Código Electoral.

⮚ Por tres periodos electorales consecutivos, el Tribunal Electoral viene utilizando el módulo informático, una de las herramientas tecnológicas de la institución disponible para facilitar el proceso electoral, en este caso, la captación de las postulaciones y las calificaciones que deben llevarse a cabo para conocer si una postulación cumple o no con los requisitos legales y constitucionales que requiere el cargo al que se está postulando a un candidato.