Proclamaciones oficiales en la Elección General de Panamá se fundamentan en actas de papel; resultados del TER son preliminares y extraoficiales
En Panamá, tal y como establece la norma electoral, las proclamaciones oficiales de los candidatos ganadores de la Elección General son responsabilidad de las respectivas juntas de escrutinios, con base en las actas en papel que se expiden en las mesas de votación.
“El Tribunal Electoral tiene el sistema de Transmisión Extraoficial de Resultados, que utilizamos para dar a la ciudadanía el nombre del virtual ganador. Pero ese resultado no es oficial hasta que la Junta Nacional de Escrutinio, habiendo dado cuenta de todas las actas (físicas), proclame al ganador”, explicó a los medios el magistrado presidente del TE, Alfredo Juncá Wendehake.
De acuerdo con el artículo 445 del Código Electoral, «solamente cuando se haya escrutado la totalidad de las mesas de votación y de los votos emitidos en cada una de ellas», la junta de escrutinio correspondiente «deberá proclamar a los candidatos que hayan resultado electos» para los diferentes cargos de elección popular.
TER, un sistema utilizado por el Tribunal Electoral desde 1992
Desde 1992, el TE ha empleado el sistema de Transmisión Extraoficial de Resultados (TER) para todos los eventos electorales, sean Elección General, comarcales, primarias de los partidos políticos o referendo o consulta popular, para dar a conocer los virtuales ganadores de cada evento electoral, no para proclamar a los candidatos ganadores.
Es importante señalar que las juntas de escrutinio no utilizan el sistema de Transmisión Extraoficial de Resultados (TER).
Para el 5 de mayo de 2025, día de la Elección General, el TE empleará el sistema TER a partir de las 4:30 p.m.