Tribunal Electoral no hace la ley electoral, debe interpretarla y aplicarla de manera equitativa, transparente y justa

⮚ Es falso que el Tribunal Electoral (TE) permite que se le quiten puestos a “candidatos independientes”. La ley es clara y aplica tanto para los candidatos de partidos políticos como para los de libre postulación. El Tribunal Electoral es un garante del cumplimiento de la ley electoral, la cual se desprende del análisis, valoraciones y consenso de los diversos actores del sistema democrático panameño.

Pero ¿cómo se elabora la ley electoral y qué debe hacer el Tribunal Electoral una vez sea aprobada? Lee esta nota y conoce todos los pasos que cada cinco años deben cumplirse para lograr el Código Electoral.

Existe un tiempo establecido en el cual, a través de un método participativo e inclusivo, diversos actores de la sociedad dialogan, debaten y proponen adecuaciones y mejoras a la ley electoral.

Al Tribunal Electoral le corresponde aplicar e interpretar la ley electoral tal y como corresponde, en aras de mayor transparencia, participación, equidad y nunca apartándose del espíritu de la Constitución y del Código Electoral, tal y como lo ha venido haciendo desde su refundación post invasión en el año 1990. 

El artículo 142 de la Constitución Política de la República de Panamá faculta al Tribunal Electoral para interpretar y aplicar «privativamente la Ley Electoral».

Carlos Díaz, subdirector del Centro de Estudios Democráticos del TE, señala que una vez que “la ley está hecha y aprobada, no queda otro camino más que el que interpretarla y aplicarla a cada caso particular”.  

Y, aunque Díaz es consciente de que la ley electoral “también es humana” y puede no siempre ser “perfecta”, expresa que hay un tiempo establecido para realizar las distintas mejoras y adecuaciones requeridas. 

“Desde 1992, el TE creó un método participativo e inclusivo, que hoy llamamos la Comisión Nacional de Reformas Electorales”, recuerda Díaz.  

¿Qué es la Comisión Nacional de Reformas Electorales?

Esta comisión es un órgano de consultas ciudadanas que el Tribunal Electoral convoca cada cinco años, en el mes enero del año siguiente a la Elección General. 

¿Quiénes participan?

La Comisión Nacional de Reformas Electorales está integrada por sectores académicos, obreros, empresa privada, organizaciones de la sociedad civil interesada en materia electoral, organizaciones que propulsan los derechos de las mujeres, de los jóvenes, de los indígenas, diferentes actores políticos, todos los partidos políticos, entre otros. 

¿Cuál es el objetivo de estos diálogos?

El TE dirige esta gran mesa de diálogo social, un escenario establecido para hacer las discusiones con miras a perfeccionar la ley electoral de manera oportuna y eficiente. 

“En ese momento tenemos la paz y el sosiego para poder discutir a profundidad y lograr en consenso temas álgidos e importantes para reformar la ley electoral, atendiendo todas las reclamaciones y propuestas innovadoras para perfeccionar el proceso electoral”, explicó Díaz. 

Agrega que esos son “los tiempos fríos para analizar los desperfectos del sistema electoral, las áreas que requieren mejora electoral, las situaciones difíciles que se tuvo que enfrentar en el proceso electoral anterior, los desacuerdos de la ciudadanía en cuanto a la legislación. Toda aspiración ciudadana es valorada y tomada en cuenta en esta comisión de reformas”. 

«Panamá es el único país que ha institucionalizado el proceso de reforma electoral. Toda ley electoral debe reformarse paulatinamente en el tiempo para poder lograr respaldar los intereses y los ideales de la ciudadanía».

Carlos Díaz, subdirector del Centro de Estudios Democráticos del TE.

La Comisión de Reformas Electorales trabaja por aproximadamente un año. “Ese gran diálogo, esa discusión social, al final da frutos en una propuesta, en un proyecto de ley que entonces los magistrados del TE, que es la institución que tiene la iniciativa legislativa, la presenta ante el seno de la Asamblea y esa es la propuesta del Código Electoral”, menciona el directivo. 

Una vez elaboradas las reformas al Código, la Asamblea, en tres debates diferentes, aprueba el proyecto de ley, que tiene que ser sancionado luego por el presidente de la República de Panamá. 

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