¿Cuándo y quién hace las proclamaciones de los diputados al PARLACEN? Te lo contamos
La Junta Nacional de Escrutinio (JNE) es la corporación electoral encargada de proclamar a los 20 diputados panameños que se les adjudicará una curul en el Parlamento Centroamericano (PARLACEN), tal y como se establece en el artículo 516 del Código Electoral.
Esta proclamación se hará una vez la JNE haya proclamado oficialmente al presidente de la República de Panamá.
Para la asignación de las curules al PARLACEN solo participarán:
- Los partidos que hayan subsistido y realizado postulaciones al PARLACEN.
- Los candidatos por libre postulación que hayan obtenido el mínimo de 2 % de los votos válidos y que hayan hecho postulaciones al PARLACEN.
Estas postulaciones, tanto para colectivos políticos como para candidatos por libre postulación, se formalizaron ante el Tribunal Electoral (TE) en el mes de octubre del año anterior a las elecciones, como dicta el artículo 359 del CE.
Los partidos y candidatos por libre postulación podían postular un máximo de 20 candidatos al PARLACEN.
El procedimiento para la asignación de curules está descrito en el artículo 515 del Código: