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Para el 5 de mayo de 2024, día de la Elección General, en aquellas circunscripciones en donde se eligen a dos o más candidatos (circuitos plurinominales), si un elector no quiere “votar en plancha”, también cuenta con la opción de ejercer el voto selectivo o preferencial.
Esto quiere decir que el elector tiene la opción y el derecho darle su voto a uno o más candidatos (para diputado y concejal) de una lista, siempre y cuando esos candidatos sean de un solo partido o de una sola lista por libre postulación, de acuerdo con el artículo 424, numeral 2, del Código Electoral.
El voto será nulo si se marca uno o más candidatos en partidos o listas por libre postulación distintos.
“En Panamá tenemos un sistema mixto en los circuitos plurinominales: yo tengo la opción de votar por el candidato o candidatos de mi preferencia o votar por todos los candidatos de un partido o lista de libre postulación”, señaló a verificadocontigo.com el subdirector del Instituto de Estudios Democráticos (INED) del Tribunal Electoral (TE), Carlos Díaz.
Agrega Díaz que “el ‘voto en plancha’ se contrapone al voto selectivo o preferencial, porque el voto selectivo o preferencial significa darle el voto a uno o a varios candidatos de una misma lista, pero no a todos”.
Al votar de manera selectiva o preferencial, el voto del elector se le sumará al candidato o los candidatos seleccionados.
En nuestra próxima entrega te explicaremos por cuántos candidatos puede votar el elector en los circuitos plurinominales y por qué únicamente puede votar por candidatos de una sola lista de partido o una sola lista de libre postulación.